El borrador
de la reforma de la ley de Educación presentado por el ministro José
Ignacio Wert a las Comunidades Autónomas, y que se ha desarrollado sin diálogo
ni consenso con la comunidad educativa, ha provocado innumerables debates sobre
el modelo lingüístico. Sin embargo, este apartado, muy político, ha eclipsado
otros puntos peliagudos y trascendentes de una legislación que a veces recuerda
demasiado al modelo educativo de épocas ya superadas. Estos son los cambios más
relevantes y polémicos de la nueva normativa, que supondrán un coste de casi 60
millones de euros poner en marcha y que este jueves han sacado a miles de
personas a la calle en toda España.
1. Declaración de intenciones en el prefacio
En la LOE se
definía la educación como “el medio de transmitir valores, renovar la cultura
(...) fomentar la convivencia democrática, el respeto a las diferencias
individuales, promover la solidaridad y evitar la discriminación (...) para
lograr la cohesión social. (...) Es el medio más adecuado para garantizar el
ejercicio de la ciudadanía democrática, responsable, libre y crítica”.
En el borrador del anteproyecto de ley de la LOMCE en
su quinto párrafo apunta más bien a la educación como medio para crear
ciudadanos empleables y capaces de competir en el libre mercado: “El nivel
educativo de los ciudadanos determina su capacidad de competir con éxito en el
ámbito del panorama internacional y de afrontar los desafíos que se planteen en
el futuro. Mejorar el nivel de los ciudadanos (...) supone abrirles las puertas
a puestos de trabajo de alta cualificación, lo que representa una apuesta por
el crecimiento económico y por un futuro mejor”.
2. Agentes privados en la regulación pública
La LOMCE incluye una definición de lo que es el “Sistema
Educativo Español” en la que, curiosamente, las familias y asociaciones de
padres no han sido incluidas, pero sí los agentes privados, a los que se les da
capacidad reguladora, lo que podría interpretarse como una puerta a la
privatización efectiva del sistema de enseñanza. Dice así: “El conjunto de
agentes, públicos y privados, que desarrollan funciones de regulación, de financiación
o de prestación del servicio de la educación en España y sus beneficiarios”.
3. Suprime ciudadanía y da más horas de religión
La nueva norma elimina Educación para la Ciudadanía y
aumenta la carga horaria de Religión e incluye una asignatura alternativa,
Valores Culturales y Sociales, equiparándola a la media del resto de las
materias, lo que en la práctica puede suponer una hora semanal más de esta
materia. Estas dos decisiones las tomó de acuerdo con la Conferencia de
Episcopal, inquieta por eldescenso de alumnos que escogen estudiar religión, que
en la última década ha bajado casi un 10%.
4. Modelo linguístico
Se elimina la inmersión lingüística, que llevaba 30 años en
marcha en algunas comunidades con lengua cooficial, al establecer un mínimo de
materias en las dos lenguas oficiales. Además se establece que las
administraciones regionales podrán dar un trato diferenciado a la lengua
cooficial respecto al castellano “en una proporción razonable” sin que ello
suponga la “exclusión del castellano”.
Otro de los asuntos que indignan a las administraciones con
lengua cooficial es que la lengua se considera una materia no troncal, sino
específica, al mismo nivel que la Educación Física, aunque es una asignatura
específica y obligatoria para todos los alumnos.
También se plantea que las familias puedan elegir la lengua
que desean para sus hijos: tanto castellano como la lengua cooficial. Y aquí
llega uno de los asuntos más polémicos: obliga a las administraciones a hacerse
cargo de la escolarización en castellano en colegios privados en los casos en
los que los padres lo reclamen y la administración no lo esté ofreciendo
en esa determinada zona.
5. Más dinero y autonomía para la excelencia y
especialización
La nueva norma incluye un artículo en el que ofrece mayor
autonomía y más recursos económicos a los centros que pongan en marcha
proyectos educativos competitivos tendentes a la especialización, y que luego
rindan cuentas sobre ellos con evaluaciones anuales. Para ello deben apostar
por proyectos sobre: “Especialización curricular, la excelencia, la formación
docente, la mejora del rendimiento escolar, la atención del alumnado con
necesidad específica de apoyo educativo, o a la aportación de recursos
didácticos a plataformas digitales”, según la norma. Estos centros podrán
incluso seleccionar a su alumnado en función de su rendimiento académico
en las enseñanzas obligatorias “con hasta un 20% de la puntuación
asignada”.
6. Acceso a la universidad
Eliminada la selectividad, correrá a cargo de las
universidades gran parte del peso de la selección de su alumnado. Tendrán que
tener en cuenta su nota de Bachillerato (un 60% como mínimo), las
calificaciones obtenidas en las materias de bachillerato relacionadas con lo
que quiere estudiar, la formación complementaria, y si tiene estudios
relacionados con la carrera que se quiera estudiar (FP de grados superiores, o
estudios universitarios previos). También pueden establecer procedimientos de
selección y evaluaciones específicas
7. Conciertos educativos más largos y en más etapas
Los conciertos amplían su duración y pasan de cuatro años a
seis en Primaria, con carácter general. Pero la nueva redacción prevé que
además existan conciertos en otras etapas postobligatorias (bachillerato), que
hasta ahora no estaban previstos en la ley. Estos nuevos conciertos durarán
cuatro años, y además se permitará que un concierto con un mismo titular pueda
servir para varios centros.
8. Blindaje a los conciertos de los centros que segregan por
sexo
La anterior ley no permitía discriminar al alumnado por su
sexo y varias sentencias dieron la razón a las comunidades autónomas que
retiraron sus conciertos a centros educativos que segregaban a su alumnado por
sexo, como Cantabria o Andalucía. Por eso la nueva norma incluye un artículo
que blinda este tipo de escolarización. En el apartado 3 del artículo 84
especifica: “No constituye discriminación la admisión de alumnos o la
organización de la enseñanza diferenciada por sexos, siempre que la enseñanza
que impartan se desarrolle conforme a lo dispuesto (...) por la Unesco (...).
En ningún caso, la elección de la educación diferenciada por sexos podrá
implicar para las familias, alumnos y centros correspondientes un trato menos
favorable ni una desventaja a la hora de suscribir conciertos con las
Administraciones educativas o en cualquier otro aspecto”.
9. Colegios menos democráticos y un director profesional
La figura del director cobra muchísima más relevancia en los
centros escolares. Han de pasar por un proceso de formación y acreditación del
Ministerio, que les ofrece una mayor autonomía si demuestran “que los recursos
públicos se han administrado eficientemente y apuntan a una mejora real de los
resultados”. Pasan a ser además algo así como gestores de Recursos Humanos:
pueden contratar o vetar a un determinado profesor, establecer los méritos para
cubrir un determinado puesto por un interino, o vetar alguno de los candidatos
si lo justifican.
El claustro de profesores deja de ser el responsable
primordial de la elección del director y cobra mucho más peso la Administración
en esta elección. También el Consejo escolar pierde peso a la hora de decidir.
Además, el Consejo pierde poder en el centro, deja de ser un órgano decisivo, y
pasa a serlo meramente consultivo. Ya no puede aprobar, ni decidir (han sido
eliminadas específicamente estas funciones del redactado de la ley) y debe
limitarse a “evaluar” e informar.
10. Nueva Formación Profesional: FP básica y dual
La ley crea una nueva Formación Profesional Básica para
alumnos de 15 a 17 años que tras haber cursado el primer ciclo de ESO no logren
pasar a cuarto. Es gratuita y parte de la enseñanza obligatoria. Desde ella se
podrá pasar a la FP de grado medio, y de ahí a la FP de Grado Superior “y se
completa con materias optativas orientadas a los ciclos de grado superior y al
tránsito hacia otras enseñanzas”.
Además, crean una nueva FP Dual, que permite hacer prácticas
y recibir formación en empresas, simultaneando trabajo y estudios. Esta FP ha
sido duramente criticada por el ex director general de FP del anterior
Gobierno, Miguel Soler, que considera que en la práctica “sólo servirá para
cubrir puestos de trabajo que requieren una mayor cualificación con estudiantes
a cambio de sueldos que no llegarán al salario mínimo”, ya que la mayoría de
las PYMES no tienen capacidad para destinar a personal a la formación del
alumnado.
11. Más control del Ministerio en los contenidos
Se aumentan los porcentajes de contenidos controlados por el
ministerio. Si en la LOE el Ministerio controlaba el 65% de las enseñanzas
mínimas en los currículos, y el 55% en las comunidades con lengua cooficial,
ahora la norma establece que “los contenidos comunes requerirán el 65 % de los
horarios escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y
el 75 % para aquéllas que no la tengan”. Mientras que hasta ahora los centros
eran los encargados de velar por los contenidos comunes, la nueva norma
atribuye esta función a las administraciones educativas que “desarrollarán los
contenidos comunes y podrán establecer directrices pedagógicas, reconociendo
cierto grado de autonomía a los centros educativos”. Aunque introduce un guiño
a determinados centros concertados con un modelo pedagógico propio: “Los
centros educativos dispondrán de autonomía para diseñar e implantar métodos
pedagógicos propios, de conformidad con las directrices que, en su caso,
establezcan las administraciones educativas”.
12. Ratios más altas y profesores sin oposición
Además, la ley permite que se aumente por sistema la ratio
de las aulas (número de alumnos por profesor) un 10%, masificándolas cuando la
demanda así lo requiera. Además permitirá que las comunidades contraten a
docentes sin hacer la oposición, como es el caso de los profesores nativos para
las clases de inglés que Esperanza Aguirre contrató en Madrid el curso pasado.
13. Nuevos-viejos nombres de asignaturas
Cambia la denominación de varias asignaturas, para volver a
llamarlas como en la antigua EGB (en vez de Conocimiento del Medio, Ciencias
Naturales por ejemplo); en 4º de ESO se implanta la asignatura de Economía y se
le da la misma relevancia que a Latín o Biología. Además, se introducen dos
categorías de asignaturas: las troncales y las específicas, y a partir de
bachillerato la configuración de asignaturas pasa a ser sumamente específico y
se modifican las vías para elegir, desapareciendo tecnología y dejando
únicamente cuatro: Ciencias, Humanidades, Ciencias Sociales y Artes.
14. Reválidas, ránkings y competitividad entre escuelas
Aunque la LOE ya incluía diversas evaluaciones del sistema
para trabajo interno de los centros e impedía específicamente en su enunciado
utilizar los resultados para hacer clasificaciones de centros, la nueva norma
propone justo lo contrario dar a conocer públicamente estos resultados: “Las
Administraciones educativas publicarán los resultados obtenidos por los centros
docentes ponderados en relación con los factores socioeconómicos y
socioculturales del contexto en el que radiquen”, recoge. En concreto, se
elimina la selectividad pero se incluyen otros tres exámenes o reválidas que
diseñará el Ministerio de Educación y que se realizarán dentro del centro
escolar, aunque los responsables del examen serán externos: el primer examen
será al acabar 6º de Primaria (de lengua, matemáticas, ciencia y tecnología),
el segundo al acabar 4º ESO (de materias troncales y una materia especifica por
cada curso; contará un 30% para la nota media de la Secundaria), y el tercero
al final de Bachillerato (todas las troncales, y una específica por curso; la
nota de esta prueba contará un 40%).
Visto en eldiario.es
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